Pesca y Caza
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Martes, 25 Jul 2006

Regularon la actividad que ejercen los guías de pesca en la provincia

DEBEN INSCRIBIRSE

La norma considera que cada prestador deberá encuadrarse en una licencia anual habilitante, debiendo pagar un canon por el usufructo de los recursos naturales que indirectamente hace.

La Dirección General de Recursos Naturales, Forestación y Economías Alternativas de la Provincia, emitió la Resolución N° 250, mediante la cual reguló la actividad relacionada con los guías de pesca y el servicio que éstos prestan en todo el territorio entrerriano.

Dicha resolución creó, en el ámbito de la Dirección General de Fiscalización, el Registro de Guías de Pesca Deportiva, para residentes o no en la provincia, en el cual los prestadores de este servicio deben ahora inscribirse presentando habilitación de la Prefectura Naval Argentina.

La norma considera que cada prestador deberá encuadrarse en una licencia anual habilitante, debiendo pagar un canon por el usufructo de los recursos naturales que indirectamente hace.

Estos guías estarán obligados a velar por el estricto cumplimiento de las leyes de caza y pesca y sus reglamentaciones concordantes, y serán responsables solidarios del incumplimiento de las mismas por parte de sus ocasionales contratantes.

Además, establece que podrán desarrollar su actividad en el ámbito de la provincia, observando las restricciones que haya específicamente en cada departamento, como así también en aquellas áreas intangibles, declaradas tales por la autoridad municipal, provincial o nacional.

Aquellas personas que desarrollen una actividad semejante, conocida como .baqueanos., es decir, que no posean embarcación propia, deberán inscribirse en el registro provincial, debiendo abonar en tal caso un arancel correspondiente. Estas personas deberán contar con una residencia en la provincia no menor a dos años, debiendo acreditar tal condición con certificación policial, y están obligados a desarrollar su actividad en el ámbito del departamento de su residencia.

La violación a lo dispuesto en esta resolución dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 20° de la Ley de Pesca.

En sus fundamentos, la norma tiene en cuenta que .los escenarios naturales de la provincia permiten el desarrollo de una actividad que actualmente no se encuentra reglamentada y que, por el número de prestadores existentes, amerita crear el marco regulatorio..

.Es menester crear el marco propicio, que permita a los distintos oferentes hacer conocer lícitamente su oferta, logrando consolidar un servicio que beneficiará sin dudas a los visitantes, aficionados a la pesca deportiva., dice el texto de la resolución.

Fuente: El Once Digital


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